Impuestos y costes

¿Qué gastos hay que pagar cuando vendes una vivienda?

7 min de lecturaPropi House

El precio de venta no es lo que te llevas a casa. Entre documentos, hipoteca, impuestos y honorarios, vender una vivienda tiene una lista de gastos que conviene conocer antes de decidir — no cuando ya has firmado unas arras contando con un dinero que no vas a recibir entero. Aquí está el mapa completo, en el orden en que aparecen.

1. Los gastos de preparar la venta

  • Certificado de eficiencia energética: en torno a 100 €. Obligatorio para anunciar.
  • Cédula de habitabilidad (Cataluña): si está caducada, renovarla suele costar entre 100 y 200 € con tasas.
  • Nota simple del Registro: unos pocos euros, y te ahorra sorpresas.
  • Puesta a punto: pequeños arreglos, pintura o limpieza a fondo. No es obligatorio, pero suele ser el dinero mejor invertido de toda la lista.
La documentación para vender, en detalle

2. Los gastos de tu hipoteca (si la hay)

  • Cancelación económica: lo que queda de deuda se retiene del precio en la firma y se liquida al banco. Según tu contrato, puede haber una pequeña comisión por cancelación anticipada.
  • Cancelación registral: levantar la hipoteca del Registro (notaría + Registro, normalmente vía gestoría) suele moverse entre 400 y 1.000 €. Ojo: también aplica si terminaste de pagar hace años pero nunca la cancelaste registralmente.

3. Los impuestos

  • Plusvalía municipal: la cobra el ayuntamiento por el incremento del valor del suelo. En L'Hospitalet se aplica el tipo máximo legal (30%) sobre la base, con dos métodos de cálculo a elegir — y no se paga si no hubo incremento.
  • IRPF por la ganancia patrimonial: se declara al año siguiente, sobre la diferencia entre el precio de venta y el de compra (con gastos y reformas deducibles). Hay exenciones importantes: mayores de 65 años en vivienda habitual y reinversión en otra vivienda habitual.

Los impuestos son, con diferencia, la partida más variable: pueden ser cero o decenas de miles de euros según tu caso. Merecen cálculo propio antes de decidir.

Todos los impuestos al vender, en detalle

4. Los honorarios de la inmobiliaria (si vendes acompañado)

Si vendes con agencia, sus honorarios son habitualmente un porcentaje del precio de venta más IVA, y se pagan cuando la venta se cierra. Nuestra postura es simple: el porcentaje se acuerda por escrito el primer día, sin sorpresas, y tiene que justificarse con resultado — un buen trabajo de precio, preparación y negociación suele devolver con creces lo que cuesta. Si no lo ves así con quien tengas delante, pregunta hasta verlo claro.

Lo que NO pagas tú

También conviene saber qué no es cosa tuya: el impuesto de la compra (ITP) es del comprador, igual que los gastos de su hipoteca y — en la práctica habitual — el grueso de la notaría y el registro de la compraventa. Lo que siempre es del vendedor: dejar la vivienda libre de cargas (tu hipoteca) y la plusvalía municipal.

La cuenta honesta no es "¿por cuánto vendo?", sino "¿cuánto me queda después de todo?". Esa segunda cifra es la que decide.

La cuenta final: cómo saber lo que te quedará limpio

El orden para hacer números con criterio: precio de venta realista (no el de los portales) → menos hipoteca pendiente → menos gastos de documentos y cancelación → menos plusvalía → menos IRPF estimado → menos honorarios si los hay. El resultado es tu cifra real — la que sirve para planificar la siguiente compra, un reparto de herencia o cualquier decisión que dependa de este dinero.

Y todo empieza por el primer número de la cadena: cuánto vale de verdad tu vivienda hoy.

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Dudas habituales

Depende sobre todo de dos partidas variables: los impuestos (plusvalía e IRPF, que van de cero a cifras importantes según tu caso) y los honorarios de agencia si vendes acompañado. Los gastos fijos — certificados, nota simple, cancelación registral de la hipoteca — suelen quedarse en unos cientos de euros en total.

El vendedor asume los documentos de la vivienda (CEE, cédula, certificado de comunidad), la cancelación de su hipoteca, la plusvalía municipal y su IRPF. El comprador paga el ITP de la compra, su hipoteca y, en la práctica habitual, el grueso de notaría y registro de la compraventa.

Sí, en varios supuestos: si no hay ganancia (vendes por lo mismo o menos de lo que compraste) no hay IRPF ni plusvalía; si tienes 65 años o más y vendes tu vivienda habitual, la ganancia está exenta de IRPF; y si reinviertes en otra vivienda habitual en dos años, también puedes quedar exento. La plusvalía sin incremento de valor se puede recurrir acreditándolo.

Dos conceptos: la posible comisión de tu banco por cancelación anticipada (depende del contrato, a menudo pequeña o nula) y la cancelación registral — notaría, Registro y gestoría —, que suele moverse entre 400 y 1.000 €. Si tu hipoteca está pagada pero sigue inscrita, este gasto también te tocará.

Lo habitual — y lo razonable — es que no: los honorarios se devengan cuando la venta se cierra. Revisa el contrato de encargo antes de firmar: periodo de exclusiva, porcentaje, qué incluye y qué pasa si desistes. Todo eso debe estar claro desde el primer día.

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Entender tu situación es el primer paso para tomar buenas decisiones.

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